miércoles, 28 de julio de 2010

APUNTES SOBRE CATALUÑA Y ESPAÑA

*Me permitireis que en este post reproduzca, por imprescindible, el artículo publicado el 26 de julio de 2010 por Carme Chacón y Felipe González en El País. Al igual que la mayoria de catalanes y catalanas, comparto al 100% sus reflexiones.
El problema sigue estando en la resistencia del PP a reconocer la diversidad de España y en la obstinación de los sectores catalanes que magnifican las fricciones y minimizan los avances históricos conseguidos.

Cataluña es hoy uno de los sujetos políticos no estatales, llamados naciones sin Estado, con mayor nivel de autogobierno de toda Europa, gracias a la Constitución española de 1978 y a los Estatutos de Autonomía de 1979 y 2006.
El camino recorrido por nuestra democracia ha ido superando dos resistencias. La de los centralistas, que consideran el proceso como un debilitamiento de la nación española y una afrenta al castellano. Y la de los separatistas, que presentan los avances como un engaño y magnifican cualquier fricción como ofensas a Cataluña.
La Constitución y los Estatutos, como el bloque institucional básico que asegura tanto la articulación de España como la cohesión interna de Cataluña, han sido las normas que mayor apoyo social han alcanzado nunca en Cataluña. Son las normas que permiten la convivencia de identidades diversas en un mismo espacio y con las mismas reglas de ciudadanía.
Una amplia mayoría de catalanes compatibiliza su identidad catalana y española, sin considerarlas excluyentes, con un acento mayor o menor en cada una de ellas.
En esta perspectiva ha de entenderse el proceso de tramitación del Estatut de 2006 y la sentencia del Tribunal Constitucional. Pero esta merece algunas consideraciones:
- Los votos particulares que respaldan la impugnación del PP expresan una visión preconstitucional del Estado. Se niega la noción misma de autogobierno, se cuestiona la inmersión lingüística que cohesiona a Cataluña, se escatima la condición de parte del Estado a la Generalitat, y se llega a desfigurar incluso su nombre. Y, para ello, se invoca como autoridad jurídica y política… la Biblia.
- La sentencia aprobada por la mayoría del TC resulta ambivalente. En su fallo preserva la inmensa mayoría de los preceptos estatutarios y rechaza casi todas las objeciones del recurso del PP. Pero en los fundamentos de la sentencia se refleja un desconocimiento de la diversidad catalana en la realidad española. Usa expresiones ofensivas: ciudadanía catalana como “una especie de subgénero de la ciudadanía española”; injustificada primacía natural de cualquier norma estatal, u obsesión injustificada por la indisoluble unidad de la nación española.
- Si a ello se unen las dilaciones, la obstrucción intencionada de su renovación por parte del PP, o la recusación de algún miembro, se entiende perfectamente que la sentencia del TC, mucho más que el fallo, produjera indignación y rechazo en sectores amplios de la sociedad catalana.
En rigor, los efectos jurídicos del fallo sobre la realidad del Estatuto son pequeños. No solo por la extensión del texto afectado -un solo artículo e incisos de párrafos de 13 artículos sobre 238-, sino también porque la práctica totalidad sigue en vigor, y podrá ser desarrollado con la misma normalidad jurídica y política con la que se ha hecho en los cuatro años transcurridos.
El fallo consagra y constitucionaliza el mayor nivel de autogobierno alcanzado; reconoce derechos propios a los ciudadanos de Cataluña, y todas las competencias que el Parlament había propuesto. Reconoce los derechos históricos, el estatuto lingüístico, la bilateralidad en las relaciones con el Gobierno central y convalida el sistema de financiación y la organización territorial propia de Cataluña. Por tanto, mayor autogobierno institucional y de fuentes del derecho
El problema no radica, pues, en la Constitución, que se ha revelado por más de tres décadas como un texto incluyente de la diversidad y ha permitido el desarrollo de un proceso federalizador en la configuración del Estado de las Autonomías, aunque no estuviera contemplado en su letra. Tampoco radica en este Estatut, a pesar de las insidiosas campañas del Partido Popular sobre la ruptura de España o el tutelaje de ETA. Estos cuatro años de desarrollo sin fricciones lo demuestran.
El problema sigue estando en la resistencia del PP a reconocer la diversidad de España y en la obstinación de los sectores catalanes que magnifican las fricciones y minimizan los avances históricos que hemos vivido. Y radica también en la falta de energía de quienes desde Cataluña y desde el resto de España apostamos por la vía del entendimiento y rechazamos tanto el camino de la imposición uniformadora como el de la separación.
El malestar que predomina en Cataluña se observa con extrañeza en el resto de España. Como ya sucedió con la aprobación del nuevo sistema de financiación, un 5% de problemas ensombrecen el 95% de avances y soluciones.
Las responsabilidades políticas de esta situación están repartidas, aunque en distintas proporciones. Todas las fuerzas políticas incurrimos en oportunismos. Pero los más responsables de la situación son los que, tras perder la votación sobre el Estatut en las Cámaras y en el referéndum, decidieron recurrirlo al Constitucional, para pasar a continuación a bloquear su renovación, a torpedear su composición y a presionarlo. También tienen grave responsabilidad quienes se excluyeron del consenso del Estatut y ahora se rasgan las vestiduras reivindicando la misma norma que rechazaron. Eso sí, proponen como mágica solución la independencia con argumentos que combinan la apelación a las emociones -especialmente las negativas- con la invocación de un grosero cálculo económico cada vez más distante de las tradiciones progresistas y más cercano a los postulados de la Liga Norte italiana.
Tras la manifestación de Barcelona, ya ha habido quien ha proclamado sin más que la vía del autogobierno está superada, sin tener en cuenta la pluralidad de opciones que animaban tanto a los asistentes como a los no asistentes. Sin embargo, la vía del autogobierno, como la de la Constitución, es la única con plena vigencia.
Lo que ha caducado es la composición del Tribunal Constitucional. Por eso urge su cambio, que aliviará la pesadumbre que produce la lectura de las 800 páginas de esta sentencia y que nos lleva a añorar los tribunales presididos por García Pelayo, Tomás y Valiente o Cruz Villalón.
Cuando se disipe la espuma y se observe con serenidad la situación, se comprobará que no hay un antes y un después. La historia de las relaciones entre Cataluña y España, con encuentros y desencuentros, es una realidad multisecular, cuyo devenir hay que medirlo en unidades de tiempo más amplias que los incidentes de recorrido. Y en esta relación se reiteran las posiciones abiertas desde el siglo XIX.
- La de quienes se identifican con una historia única, con una sola lengua, en una España uniforme. Apoyan la involución que preconiza el PP y sus medios, azuzando el desencuentro, y ahora miran para otro lado esperando que la tempestad amaine.
- La de los que nunca han aceptado un espacio público compartido con España; la del lamento independentista y soberanista que exagera y amplifica los agravios y, cuando no existen, los inventa.
- Las de quienes no confundimos el griterío anticatalanista de los centralistas con España, igual que distinguimos entre una minoría estridente de catalanes y Cataluña; los que pensamos que esta sentencia no es la Constitución; los convencidos de que la fuerza de España está en su diversidad, en la potencia del autogobierno, de la federalización inserta en el marco normativo que nos dimos. Es el camino de la mayoría de catalanes y españoles.
Lo conseguido hasta ahora, convivir en paz y libertad sin renunciar a lo que somos ni a lo que queremos ser, es lo que importa, a pesar de quienes se empeñan en atizar el enfrentamiento. Nuestro reto no se limita a restituir los preceptos del Estatut objetados que pueden recuperarse. Va más allá. Debemos demostrar que estos 30 años de convivencia y autogobierno no han sido un paréntesis, sino el inicio de una nueva etapa; hemos de poner de manifiesto que la Constitución de 1978 fue punto de encuentro y de partida; que la concepción de España como “Nación de naciones” nos fortalece a todos. Que no hay ninguna razón para rechazar la diversidad identitaria que caracteriza a España como una nación política y cultural, no como un mero armazón jurídico. Este reto exige perseverancia y energía, porque implica trabajar sobre una materia que no son solo preceptos legales, son emociones y sentimientos de pertenencia. Pero en este reto nos jugamos la convivencia libre, democrática, en paz.

martes, 20 de julio de 2010

" La política debe hacer políticamente posible, lo que es económicamente necesario."

Enrique Fuentes Quintana.

miércoles, 14 de julio de 2010

LA SENTENCIA DE L’ESTATUT VERS L’EMPRENEDORIA, LA FORMACIÓ I LA INNOVACIÓ.

La sentencia ideal pels interessos del nostre país hagués set el reconeixement íntegre de l’estatut d’autonomia. No obstant això, de la mateixa manera que de les crisis sorgeixen oportunitats pels emprenedors, també de la sentencia de l’estatut neixen oportunitats per a les persones sense mentalitat derrotista.

La prioritat nacional és fer front a la crisi econòmica. Aquest era un criteri unànime entre quasi bé tots els partits polítics, la societat civil, i els agents econòmics i socials abans de la sentencia. També existia un cert consens en que per aconseguir-ho calia treballar tres sectors estratègics de país: l’emprenedoria, la formació i la innovació. La resolució del Tribunal Constitucional (TC) no configura un escenari ideal pel polémic balanç fiscal o per la consolidació d'inversió en infraestructures, però sí remarca la plena constitucionalitat d’aquells articles recorreguts pel Partit Popular que afecten l’emprenedoria, la formació i la innovació, sectors capdals per canviar el model productiu i sortir enfortits de la crisi econòmica.

En quant a l’emprenedoria, i a títol d’exemple, resta plenament constitucional un article tan important com el 152, recorregut pel Partit Popular, que estableix el marc competencial de la Generalitat en matèria de planificació, ordenació i promoció de l’activitat econòmica. O el 154.2, també recorregut, que atribueix a la Generalitat la competència executiva general en defensa de la competència.

No van ser objecte de recurs, i lògicament resten vigents, els articles programàtics que reconeixen el dret de tots els ciutadans i ciutadanes a la participació en la vida econòmica així com al desenvolupament de la capacitat personal, aspectes molt vinculats a l’emprenedoria. Es manté també el requeriment als poders públics a adoptar les mesures necessàries per garantir el progrés econòmic i es garanteix expressament la participació de les organitzacions empresarials en l’elaboració de polítiques públiques.

Pel que fa la formació, aspecte bàsic per lluitar contra l’atur, el TC desestima el recurs del partit de l’oposició contra els articles que afecten directament aquesta matèria. Es manté l’obligació a la Generalitat d’establir un model educatiu de qualitat i de promoure l’accés al mateix en condicions d’igualtat. Es garanteix als pares i mares que ho desitgin l’educació religiosa dels seus fills tot i que, recorda, l’ensenyament públic és laic. Es reconeix alhora el dret de tots el ciutadans i ciutadanes a rebre una educació gratuïta, establint el dret de tothom a la formació professional i a la formació permanent de qualitat.

En quant a la innovació, esdevé plenament constitucional el qüestionat article 158.2, que obre la porta a ambicioses polítiques d’investigació, desenvolupament i innovació tecnològica. Aquest article fixa la col•laboració entre la Generalitat i l’Estat en política d’investigació, desenvolupament i innovació.
És representativa també la constitucionalitat de l’article 172, també recorregut, regulador de les competències en matèria d’ensenyament universitari, pedra angular de les polítiques d’innovació d’un país.

En conclusió, tots els articles que afecten directament sectors estratègics com l’emprenedoria, la innovació i la formació formen part del famós 95% plenament constitucional i això és al sac per drets propis, mal que li pesi a alguns. La reivindicació ha d’existir com a mostra de salut democràtica, però no hem d’oblidar l’espenta que suposa l’estatut d’autonomia vigent per seguir treballant en la sortida de la crisi econòmica.